Factura electrónica dirigida a proveedores

De acuerdo con la Ley 25/2013 , de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y de creación del registro contable de facturas en el Sector Público, desde el día 15 de enero de 2015 todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Diputación de Girona oa sus organismos autónomos pueden expedirse y siguientes:

  • Sociedades anónimas.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Agrupaciones de interés económico, agrupaciones de interés económico europeas, fondos de pensiones, fondos de capital riesgo, fondos de inversiones, fondos de utilización de activos, fondos de regularización del mercado hipotecario, fondos de titulización hipotecaria o fondos de garantía de inversiones.

A partir del día 1 de enero de 2017, con la entrada en vigor del  presupuesto general de la Diputación de Girona para el ejercicio 2017 y, de acuerdo con la base de ejecución 24a., desaparece la exención en virtud de la cual estaban excluidas de tramitación electrónica las facturas de importe igual o inferior a 5.000.

Vea la información ¿Qué es la factura electrónica?

Más información

Servicios Económicos
XALOC
Av. San Francisco, 29
17001 Girona
Tel. 872 081 791

Acceso al servicio

Documentación